El 20 de septiembre de 2021, la Suprema Corte de
Justicia de la Nación invalidó el artículo
10 Bis de la Ley General de Salud, que establecía de forma amplia la Objeción de Conciencia (OC) para el personal médico y de enfermería que formara parte del Sistema
Nacional de Salud limitándolo únicamente
cuando estuviera en riesgo la vida del paciente o se tratara de una urgencia médica.
El Pleno determinó que la ley no establecía los
lineamientos y limites necesarios para que la objeción de conciencia pueda
ejercerse sin poner en riesgo los derechos humanos de otras personas, en
especial el derecho a la salud.
¿Qué es la objeción de conciencia?
De acuerdo con el Dr. Patricio Santillán Doherty, “la
objeción de conciencia en medicina se define como la decisión individual que
toma un profesional de la medicina para dejar de realizar un acto médico científica y legalmente aprobado según la lex artis medica aduciendo la transgresión que dicho acto
médico hace a su libertad de pensamiento,
conciencia o religión (en otras palabras, sus principios morales y creencias
religiosas)”.
¿Cuáles serían ejemplos de objeción de conciencia en
medicina?
• Rechazo a transfusiones de sangre
• Rechazo de mujeres a ser atendidas por médicos varones
• Experimentar con animales
•
Negativas
de los médicos a realizar abortos
¿Abuso de poder?
Más allá de sobreponer sus principios éticos,
religiosos y/o culturales, la objeción de conciencia no es nada más que una
manera diplomática de nombrar al abuso de las capacidades que su profesión les
confiere o, dicho de manera más coloquial, abuso de poder.
Por ejemplo, las ocasiones en que los médicos se rehusan a practicar abortos porque su religión o moral prohibe el aborto, o bien, por considerar que la mujer es demasiado jóven . En este caso, el hecho de que el personal de salud impida a la paciente practicarse el aborto implica violar su libertad y tomar decisiones sobre la vida de otras personas, abusando del poder que tienen por su profesión
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